Etiqueta «Ley N° 18.437»

Artículo 162

Sustitúyese el artículo 64 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 64 (De otros cometidos de la Dirección General de Educación Técnico Profesional). Además de los cometidos establecidos en el artículo anterior, la Dirección General de Educación Técnico-Profesional tendrá los siguientes: A) …

Artículo 163

Sustitúyese el artículo 65 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008 y sus modificativas, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 65 (De la designación de los Directores Generales, Subdirectores y miembros del Consejo de Formación en Educación). Los Directores Generales de Educación Inicial y Primaria, de Educación Secundaria, …

Artículo 164

Sustitúyese el artículo 67 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 67 (Atribuciones del Presidente del Consejo Directivo Central, de los Directores Generales de Educación y del Presidente del Consejo de Formación en Educación). El Presidente del Consejo Directivo Central de la …

Artículo 165

Sustitúyese el artículo 68 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 68 (Vacancia). En caso de vacancia temporal por licencia o impedimento, o vacancia definitiva del Presidente del Consejo Directivo Central del Presidente del Consejo de Formación en Educación o de los …

Artículo 166

Sustitúyese el artículo 69 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 69 (Del estatuto docente y del funcionario no docente). El Consejo Directivo Central de la ANEP, previa consulta a las Direcciones Generales respectivas y al Consejo de Formación en Educación, aprobará …

Artículo 167

Sustitúyese el artículo 70 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 70 (De las Asambleas Técnico Docentes). En cada uno de los subsistemas de ANEP funcionará una Asamblea Técnico Docente (ATD) representativa del cuerpo docente que tendrá derecho a iniciativa y función …

Artículo 168

Sustitúyese el artículo 72 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 72 (De los derechos de los educandos). Los educandos de cualquier centro educativo tendrán derecho a: A) Recibir una educación de calidad y acceder a todas las fuentes de información y …

Artículo 169

Sustitúyese el artículo 75 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 75 (De los derechos y deberes de las madres, los padres o responsables). Las madres, los padres o responsables de los educandos tienen derecho a: A) Que su hijo o representado …

Artículo 170

Sustitúyese el artículo 76 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 76 (Concepto). En todo centro educativo público de Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Educación Técnico-Profesional, funcionará un Consejo de Participación integrado por: estudiantes, educadores o docentes, funcionarios no docentes, madres, padres …

Artículo 171

Sustitúyese el artículo 78 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 78 (De la información a los Consejos de Participación). Los Consejos de Participación podrán solicitar informes y realizar propuestas a la Dirección General respectiva. Las Direcciones de centro deberán poner a …