Artículo 193
Sustitúyese el artículo 116 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 116: El Instituto Nacional de Evaluación Educativa realizará cada dos años un informe sobre el estado de la educación en el Uruguay que tenga en cuenta entre otros aspectos los resultados …