Artículo 353
Artículo 353. Sustituyese el inciso primero del artículo 5 de la Ley N° 18.756, de 26 de mayo de 2011, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 5. Declárase que no están afectadas ni comprendidas por la Administración y el régimen instituido por la Ley N° 11.029, de 12 de enero de 1948, …