Artículo 489
Deróganse los artículos 1205 y 1231 del Código Civil. Comentarios (Indicar Publicar también en Facebook) 1
Análisis ABIERTO A LA OPINIÓN de los 501 artículos
Deróganse los artículos 1205 y 1231 del Código Civil. Comentarios (Indicar Publicar también en Facebook) 1
(Disposición transitoria). Las prescripciones empezadas a la fecha en que esta ley sea obligatoria se determinarán conforme a las disposiciones de ésta. Sin embargo, las prescripciones en curso que, por efecto de las reducciones de plazo establecidas por esta ley, se hubieren consumado o se consumaren antes del plazo de dos años a partir de …
Declárase ilegítimos los piquetes realizados en espacios públicos o privados que afecten la libre circulación de personas, bienes o servicios. Comentarios (Indicar Publicar también en Facebook) 3 1
Facúltase al uso de la fuerza pública para disolver los piquetes a los que refiere el artículo anterior. El Ministerio del Interior dispondrá las medidas pertinentes a los efectos de preservar los espacios públicos o privados cuyo tránsito se pretenda obstaculizar o interrumpir por personas, vehículos u objetos de cualquier naturaleza. Para tal fin dicha …
La intervención de la autoridad competente se efectuará a fin de garantizar el derecho a la libre circulación, el orden público y la tranquilidad. En caso de hechos de apariencia delictiva, las autoridades actuantes detendrán a los presuntos infractores e informarán de inmediato al Ministerio Público.” Comentarios (Indicar Publicar también en Facebook) 5
Declárase que la “portabilidad numérica” es un derecho de los usuarios de los servicios de telefonía móvil. Comentarios (Indicar Publicar también en Facebook) 2
Los operadores de servicios de telefonía móvil que tengan derecho a asignación directa de numeración se obligan a prestar el servicio de portabilidad numérica, entendida ésta como la posibilidad del usuario de conservar su número telefónico sin deterioro de la calidad y confiabilidad, en el evento de que cambie de operador, de conformidad con los …
En los servicios de telefonía móvil se facilitará la conservación del número al usuario, aun cuando modifiquen la modalidad tecnológica de la prestación del servicio. La portabilidad numérica se implementará, de conformidad con el cronograma que, para tal fin, elabore la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC). A tales efectos, dicha entidad deberá conformar …
El Comité de Portabilidad Numérica elaborará, dentro de los ciento ochenta días siguientes a su conformación, un cronograma de actividades para la implementación de lo dispuesto en la presente ley. En dicho marco, el Comité deberá determinar: A) Los mecanismos y formas de implementación de la Portabilidad Numérica para el sistema de telefonía móvil. B) …
Los costos de adecuación de las redes y de los sistemas para implementar la portabilidad numérica, serán sufragados por sus operadores, y en ningún caso se trasladarán al usuario. Comentarios (Indicar Publicar también en Facebook)