Artículo 58

Transfórmase el cargo de Director de la División Políticas de Género del Inciso 04 «Ministerio del Interior», en la Unidad Ejecutora 001 «Secretaría del Ministerio del Interior», creado por el artículo 137 de la Ley No 18.362, de 6 de octubre de 2008, en un cargo de particular confianza incluido en el literal D) del artículo 9o de la Ley No 15.809, de 8 de abril de 1986 y sus modificativas. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes.

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