Artículo 422

Sustitúyese el artículo 158 del Código de la Niñez y la Adolescencia, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 158 (Cometidos del equipo técnico) – El equipo técnico del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) tendrá como cometidos:

A) Asesorar a los interesados en adoptar niño, niña o adolescente y analizar los motivos de su solicitud.

B) Evaluar las condiciones de salud, psíquicas, sociales y jurídicas de los solicitantes y las posibilidades de convivencia.

C)Llevar un registro de interesados en adoptar, ordenado cronológicamente según fecha de solicitud, en el que conste el informe técnico a que refiere el literal B). Los interesados tendrán derecho a acceder al informe y solicitar su revisión en caso de discrepar con él. La no actuación dentro del plazo previsto de dieciocho meses, generará responsabilidad de los funcionarios omisos en el cumplimiento de los deberes de su cargo.

D) Seleccionar de dicho registro respetando el orden de inscripción, en cuanto fuere compatible con el interés superior del niño, niña o adolescente, los posibles padres adoptantes, ante la solicitud formulada por el Juzgado competente, en el caso de un niño, niña o adolescente en condiciones de ser adoptado. El orden solo podrá ser alterado por las necesidades del niño, niña o adolescente debidamente fundadas en los siguientes casos: 1) si en la lista no existieran interesados en la adopción de niño, niña o adolescente; 2) en caso de niños, niñas o adolescentes con discapacidad; 3) en caso de niños o niñas mayores de 6 años; 4) hermanos; 5) cuando se trate de adopción integradora.

E) Orientar y acompañar el proceso de integración familiar, tomando las acciones para garantizar una satisfactoria inserción familiar del niño, niña o adolescente y supervisar el cumplimiento del derecho al conocimiento de su origen e identidad.

F) Asesorar al Juez toda vez que le sea requerido.

G) Orientar y apoyar a adoptados y adoptadas, adoptantes e integrantes de la familia de origen, en el proceso de conocimiento y acercamiento de las mismas.”

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