Artículo 283

La publicación a que refiere las presentes disposiciones deberá incluir notas que expresen los siguientes aspectos:

A) Número de funcionarios, detallando el tipo de vínculo funcional, sean funcionarios públicos presupuestados, funcionarios contratados, pasantes, becarios o cualquier otro vínculo de la naturaleza que se trate. A su vez, detallará la variación de los vínculos funcionales de los últimos cinco ejercicios.

B) Convenios colectivos vigentes con sus funcionarios o trabajadores, detallando los beneficios adicionales a los ya establecidos en forma general para todos ellos.

C) Ingresos, desagregados por división o grupo de servicios y de bienes de la actividad de la entidad, así como los retornos obtenidos sobre el capital invertido.

D) Informe que refiera a utilidades y costos, incluyendo eventuales subsidios cruzados, desagregados de la misma forma.

E) Información respecto de los tributos abonados.

F) Detalle de las transferencias a rentas generales.

G) Remuneración de los directores y gerentes de la entidad que corresponda.

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