Sustitúyese el artículo 13 de la Ley No 17.598, de 13 de diciembre de 2002, y sus modificativas, el que quedará redactado de la siguiente forma:
«Artículo 13. El Directorio de la Unidad Regulad de Servicios de Energía y Agua podrá delegar atribuciones en sus subordinados por unanimidad de sus miembros, pudiendo avocar por mayoría simple los asuntos que fueran objeto de delegación.»
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