Artículo 497
El Comité de Portabilidad Numérica elaborará, dentro de los ciento ochenta días siguientes a su conformación, un cronograma de actividades para la implementación de lo dispuesto en la presente ley. En dicho marco, el Comité deberá determinar: A) Los mecanismos y formas de implementación de la Portabilidad Numérica para el sistema de telefonía móvil. B) …