Artículo 86

Encomiéndase al Instituto Nacional de Rehabilitación la elaboración de una Estrategia Nacional de Reforma del Sistema Penitenciario que incluirá metas a corto, mediano y largo plazo. Sin perjuicio de otros elementos que oportunamente sean incluidos, deberá contener:

A) Planificación e implementación de un sistema de orden y seguridad que asegure la vida y la integridad física y psicológica de los reclusos, el estricto cumplimiento de los mandatos judiciales, y la preservación de la infraestructura penitenciaria;

B) Evaluación del riesgo criminal para determinar perfiles de ingreso y egreso a partir del pronóstico de reincidencia y de daños hacia sí mismo y/o terceras personas;

C) Clasificación y segmentación de la población privada de libertad;

D) Tratamiento e intervención en los medios cerrado, libre y pospenitenciario;

E) Atención al uso problemático de drogas;

F) Infraestructura y recursos humanos y materiales apropiados;

G) Gestión de información;

H) Diagnóstico, monitoreo y evaluación de todas las actividades que se lleven
a cabo.

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