Artículo 417
Sustituyese el inciso segundo del artículo 9 de la Ley No 16.320, de 1 de noviembre de 1992, en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley No 18.996, de 7 de noviembre de 2012, el que quedará redactado de la siguiente forma: “En los Ministerios de Economía y Finanzas, de Educación y …